Ley de Segunda Oportunidad en España: Requisitos, Exoneración del Pasivo y Deudas con AEAT
La Ley de Segunda Oportunidad en España (tras la reforma integral de la Ley Concursal por la Ley 16/2022) se ha consolidado como la vía legal definitiva para personas físicas y autónomos que no pueden hacer frente a sus obligaciones de crédito. A través del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), un juez de lo mercantil puede declarar la extinción judicial del 100% de los préstamos personales y tarjetas de crédito.
Exoneración de Deudas Públicas: Hacienda y Seguridad Social
Una de las grandes novedades de la legislación actual es la fijación de límites claros para el crédito público: se permite la exoneración de hasta 10.000 € de deudas con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y otros 10.000 € con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Tabla Comparativa y Resumen de Datos Clave
| Acreedor | Porcentaje Cancelable | Límite Máximo | Requisitos |
|---|---|---|---|
| Bancos y Tarjetas Revolving | 100% de la deuda | Sin límite cuantitativo | Deudor de buena fe |
| Micropréstamos Online | 100% de la deuda | Sin límite cuantitativo | Sin antecedentes penales socioeconómicos |
| Agencia Tributaria (AEAT) | Hasta 10.000 € | Primeros 5.000 € al 100%, resto al 50% | Plan de pagos o liquidación |
| Seguridad Social (TGSS) | Hasta 10.000 € | Primeros 5.000 € al 100%, resto al 50% | Plan de pagos o liquidación |
| Pensiones por alimentos | 0% (Excluidas por ley) | No exonerables | Obligación familiar legal |
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